Compatibilidad de ERTEs y Trabajos a tiempo Parcial.

Compatibilidad de ERTEs y Trabajos a tiempo Parcial.


Tenga en cuenta que el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, establece que seguirá resultando aplicable la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con el trabajo a tiempo parcial en los términos del artículo 11 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre; y ello no ha sido modificado por el Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero.

    Uno de los aspectos menos publicitados de la "Reforma de los ERTEs" llevada a cabo por el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, es la posibilidad de compatibilizar las prestaciones por desempleo con el trabajo a tiempo parcial en determinados supuestos.

    A este respecto interesa reseñar que el artículo 11 del referido Real Decreto-ley, permite que:

Desde 30 de Septiembre de 2020, de las prestaciones por desempleo reconocidas en el ámbito de los ERTEs que se compatibilicen con la realización de un trabajo a tiempo parcial no afectado por medidas de suspensión, no se deducirá la parte proporcional al tiempo trabajado.


    "Aliciente" muy significativo para empresas y trabajadores pues posibilita que empresas demandantes de mano de obra tengan a su disposición un mayor número de trabajadores dispuestos a trabajar y, por otro lado, los trabajadores incluidos en ERTEs podrán ver incrementados sus ingresos si simultanean parcialmente su situación de suspensión con otros trabajos a tiempo parcial.

    A estos efectos la norma habla de prestaciones por desempleo reconocidas consecuencia de ERTEs por:
  • Fuerza Mayor por COVID-19 basados en las causas recogidas en el articulo 22 del Real Decreto-ley 8/2020.

  •           
  • Impedimento.

  •           
  • Limitaciones de Actividad.

  •           
  • Causas económicas, técnicas, organizativas y de producción -ETOP- vinculadas a la COVID-19.

  •           
  • Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad.

Legislación



Real Decreto-ley 30/2020 de medidas sociales en defensa del empleo.
Real Decreto-ley 2/2021, 26 Enero, refuerzo y consolidación de medidas sociales defensa del empleo.
Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

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