Cláusula contractual de PAGO PRORRATEADO DE PAGAS EXTRAORDINARIAS
Cláusula nº ....- La persona trabajadora D./Dña. (....), de común acuerdo con la empresa (....), y con pleno respeto a la regulación legal y a las disposiciones del convenio colectivo (....) de aplicación en la empresa, acuerda que las gratificaciones extraordinarias a las que tenga derecho serán abonadas de forma prorrateada en las doce mensualidades ordinarias del año. El presente acuerdo se formaliza al no existir en el convenio colectivo aplicable prohibición expresa del prorrateo de las gratificaciones extraordinarias. El importe correspondiente a cada una de las pagas extraordinarias se distribuirá proporcionalmente entre las doce mensualidades, debiendo quedar debidamente identificado en los correspondientes recibos de salarios el concepto y cuantía abonados en concepto de prorrata de pagas extraordinarias. El abono mensual de dichas cantidades tendrá la consideración de pago prorrateado de las gratificaciones extraordinarias correspondientes, sin que proceda un nuevo abono de las mismas en las fechas ordinarias de su devengo, salvo que otra cosa resulte de norma legal o convencional de obligado cumplimiento. Todo ello se pacta conforme a lo establecido en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de las previsiones establecidas en el convenio colectivo aplicable.Formularios
Pactos y cláusulas contractuales.Comentarios
Pagas extraordinarias.Legislación
Art. 31 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

