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Si se ve en la situación de tener que realizar un despido disciplinario, tenga en cuenta la
Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, que establece la
obligatoriedad de dar audiencia previa al trabajador, para que pueda defenderse, antes de hacer efectivo el despido disciplinario. El incumplimiento de este requisito puede suponer, como mínimo, que el despido se declare improcedente.
Esta doctrina ha sido confirmada y ratificada por el Tribunal Supremo en la
Sentencia 175/2025, de 5 de Marzo; y en la
Sentencia 185/2025, de 11 de Marzo.
EMPRESA: (Indique la razón social, domicilio de la empresa y el departamento o cargo de quien remite el documento.)
En (....), a (....) de (....) de (....)
Muy Sr./Sra. nuestro/a: Por la presente, le comunicamos la dirección de la empresa ha decidido extinguir la relación laboral que manteníamos con Ud. mediante despido disciplinario, en virtud de lo establecido en el
art. 54 del Estatuto de los Trabajadores (Especificar, asimismo, el artículo del Convenio Colectivo que se hubiese infringido, caso de que así haya sido).
Las razones que motivan el despido son las siguientes:

Señalar de forma precisa, clara y detallada los hechos que fundamentan la decisión, la fechas de realización de los mismos y todos aquellos datos que pudieran acreditarse en función del art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. En este caso el despido se justifica en incumplimiento de las medidas de prevención, por lo que habrá que indicar la medida incumplida, por ejemplo, no hacer uso de las gafas para soldar. .................................................................................................
Como usted bien sabe, la empresa cuenta con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales y, en cumplimiento del mismo, se han adoptado una serie de medidas de seguridad, específicas para nuestro sector de actividad, en función de las indicaciones y de las recomendaciones de nuestros propios servicios de prevención, tras la oportuna evaluación de riesgos de los puestos y centros de trabajo.
De dichas medidas, así como de la forma de aplicarlas usted, como el resto de la plantilla, ha sido debidamente informado, indicándole de forma clara y expresa que el incumplimiento de las mismas será sancionable como infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales.
De hecho, la empresa ha cumplido con las obligaciones vinculadas al cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos indicadas por el Servicio de Prevención, de información y formación de los trabajadores sobre las medidas a implantar en la empresa para garantizar la seguridad y salud en el puesto de trabajo, con el firme convencimiento de que no cabe una implantación y ejecución eficaz de las medidas preventivas sin proporcionar información, o incluso formación, a los trabajadores que deben adoptarlas y cumplirlas.
Sin embargo, a pesar de que la empresa, cumpliendo con las indicaciones de los servicios de prevención, ha garantizado que todo el personal cuenta con una información y formación específica y actualizada sobre las medidas preventivas a implantar, la Dirección de la empresa ha tenido conocimiento de que usted no cumple con las mismas, siendo dicho incumplimiento reiterado y consciente, a tenor de las múltiples advertencias que le han realizado sus compañeros y sus supervisores.
Tanto es así que el día..........................., su compañero D.............................. le advirtió de que.............................(indicar la medida de seguridad y salud incumplida).
Asimismo, el día............................., su encargado volvió a requerirle para que.............................
Es evidente, por tanto, que usted, conoce las medidas preventivas a aplicar y no solo no cumple con ellas sino que, además, desoye, consciente e intencionadamente, las advertencias de la empresa.
El
Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores se refiere al despido disciplinario y señala, en el apartado 1, que
"El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador." Asimismo, el apartado 2 del mencionado
Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores detalla las distintas causas que, por Ley, se consideran incumplimientos graves por parte del trabajador y que, por tanto, sí podrían justificar la decisión del empresario de despedirlo.
Una de esas causas se refiere precisamente a
"b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo." Igualmente, a este respecto, el Convenio aplicable establece que.............................
En definitiva, los hechos descritos constituyen un incumplimiento contractual grave y culpable de sus obligaciones para con la empresa, por lo que no nos queda más remedio que proceder a su despido disciplinario, con efectos a partir del día .........de................de............. .
En la citada fecha tendrá a su disposición la cantidad que le corresponde en concepto de saldo y finiquito hasta ese día, quedando definitivamente extinguida la relación laboral que le une con la empresa.
De conformidad con lo establecido en el
art. 49.2 del Estatuto de los Trabajadores, se adjunta en el documento anexo la propuesta detallada de saldo y finiquito.
En el momento de la firma del finiquito tiene Ud. derecho a ser asistido por un representante de los trabajadores, habiéndose dado traslado al comité de empresa/delegado de personal de esta decisión a los efectos oportunos.
Finalmente, se hace constar que, en cumplimiento de lo dispuesto en el en el artículo 7 del
Convenio num. 158 de la OIT, relativo a la finalización de la relación laboral a iniciativa del empresario, y en la
Sentencia 1250/2024, de 18 de Noviembre, de la Sala Social del Tribunal Supremo, que ha sido confirmada por la
Sentencia 175/2025, de 5 de Marzo; y la
Sentencia 185/2025, de 11 de Marzo, antes de hacer efectivo este despido, se llevó a cabo el trámite de audiencia previa, para que usted pudiera alegar lo que estimase conveniente en su defensa, en el que ....................
(Indique si el trabajador formuló o no alegaciones en dicho trámite de audiencia); sin que se haya desvirtuado la gravedad de su conducta.
Seleccionar opciónElija en función de las circunstancias del trabajador:
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Si el trabajador firma la carta de despido:
Rogándole acuse recibo de ambos documentos, le saluda atentamente. Recibí el (....) de (....) de (....) EL TRABAJADOR POR LA EMPRESA (....) (....) Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos Sello de la empresa
Si el trabajador NO firma la carta de despido:
Por la presente y, ante la negativa del receptor a firmar la entrega de la carta de despido disciplinario, acreditan la realidad de la entrega los siguientes testigos: Fdo.: Nombre y apellidos Fdo.: Nombre y apellidos POR LA EMPRESA (....) Fdo.: Nombre y apellidos Sello de la empresa
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Comentarios
Si despide a un trabajador sin escucharlo antes sepa que el cese puede ser declarado improcedenteCarta de advertencia por incumplimiento de medidas de prevención de riesgos laboralesComunicación al trabajador del trámite de audiencia previa en el despido disciplinarioLegislación
Art. 49 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Art. 54 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Art. 55 R.D.L. 2/2015 Estatuto Trabajadores.
Jurisprudencia y Doctrina
STS 1250/2024 Requisito audiencia previa obligatorio para trabajador pueda defenderse despido disciplinario.STS 185/2025. Se ratifica el requisito de audiencia previa al empleado en el despido disciplinario.STS 175/2025. Se ratifica el requisito de audiencia previa al empleado en el despido disciplinario.
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