Artículo 182. Definición.
Se halla en situación de residencia de larga duración nacional la persona extranjera que haya sido autorizado a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.