Artículo 36 Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social

Normativa
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, aprueba texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones del orden social

Artículo 36. Infracciones muy graves.



    Son infracciones muy graves:

    1. El establecimiento de cualquier tipo de agencias de reclutamiento.

    2. La simulación o engaño en la contratación de los trabajadores que se desplazan al exterior.

    3. El abandono de trabajadores desplazados por parte del empresario contratante o de sus representantes autorizados.

    4. El cobro a los trabajadores de comisión o precio por su contratación.

    5. La obtención fraudulenta de ayudas a los movimientos migratorios, ya sean individuales o de reagrupación familiar, o la no aplicación o aplicación indebida de dichas ayudas.

NOTA: Redacción dada por Ley 40/2006, de 14 de diciembre.

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