Prevención de riesgos laborales de los empleados del hogar

Tras la publicación del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, se introducen los siguientes cambios en la LPRL:
- Se suprimió el apartado 4 del artículo 3 que excluía a estos trabajadores de la aplicación de materia de prevención.
- Se introdujo una nueva disposición adicional decimoctava para vehicular la protección de la seguridad y la salud en el trabajo de este colectivo de trabajadores, especialmente en lo relativo a la prevención de riesgos laborales, que se desarrollará en los términos reglamentarios que se establezcan.
Ese desarrollo reglamentario llegó con la publicación del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar, y cristaliza finalmente el derecho de estos trabajadores a la prevención de sus riesgos laborales específicos. Vamos a analizar las líneas más importantes del Real Decreto:
Importante:
Aunque la norma entró en vigor el 12 de septiembre de 2024, las obligaciones previstas no serán exigibles hasta el transcurso de seis meses desde la puesta a disposición de la herramienta a la que se refiere la disposición adicional primera que ha implantado el INSST, incluso cuando la persona empleadora concierte las tareas con un servicio de prevención ajeno. Esto se traduce en que, con la puesta en marcha de esta herramienta en Mayo de 2025, se inicia el plazo de seis meses que prevé la norma para realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras que prestan servicios en el servicio del hogar familiar; y para adoptar las medidas preventivas necesarias. El proceso deberá estar finalizado antes del próximo mes de noviembre.
Comentarios
¿Cómo contrato a un/a empleado/a de hogar?: obligaciones con la seguridad social.
¿Cómo se regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar tras el Real Decreto-ley 16/2022?.
Nuevas obligaciones para el empleador (normalmente el titular del hogar familiar).
Obligaciones para las empresas de servicios de ayuda a domicilio.
Control en el domicilio privado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Legislación
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
Real Decreto 893/2024, que regula la protección de seguridad y salud en ámbito del servicio del hogar familiar.
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