¿Quienes pueden ser trabajadores autónomos? ¿Quiénes no pueden ser trabajadores autónomos? Supuestos incluidos y excluidos.

¿QUIÉNES SON Y QUIÉNES PUEDEN SER TRABAJADORES AUTÓNOMOS?


    El trabajador por cuenta propia deberá cumplir una serie de requisitos que serán esenciales a la hora de su inclusión en el Regimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En el presente apartado vamos a analizar cuáles son los sujetos incluidos y excluidos conforme a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Sujetos incluidos en el RETA.


    Tal y como indica el artículo 1 de la ley 20/2007 tendrán la consideración de trabajadores autónomos:   
  1. Personas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera de ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional.

  2. Los familiares de los autónomos que realicen trabajos de forma habitual en la actividad y no tengan la condición de trabajador por cuenta ajena: Autónomos Colaboradores.

  3. Los socios industriales
    Socio que solo aporta trabajo a la sociedad y no bienes o capital
    de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.

  4. Los integrantes de las comunidades de bienes y los socios de sociedades civiles irregulares
    Asociación en la que de 2 o más personas se unen poniendo capital para realizar una actividad económica y repartir las ganancias entre los miembros, pero en caso de deudas, deberán responder de ellas con sus bienes personales
    , a no ser que la actividad de estas sea solo la administración de los bienes que ponen en común.

  5. Los que ejerzan funciones de dirección o gerencia como consejeros o administradores o presten sus servicios para una sociedad mercantil capitalista, a titulo lucrativo y de forma habitual, personal y directa: Autónomos Societarios.

  6. Los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).

  7. Los trabajadores autónomos extranjeros que reúnan los requisitos previstos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

Sujetos excluidos del RETA.


    Los supuestos excluidos de la aplicación del estatuto del trabajador autónomo y por tanto de los que no se puede considerar como tal, están recogidos en el artículo 2 de la Ley 20/2007 y son los siguientes:
  1. Los trabajadores que presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, como dicta el artículo 1 del real decreto legislativo 2/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores.

  2. El mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración. Supuesto también recogido en el Art. 1 del Estatuto de los Trabajadores.

  3. Las relaciones laborales de carácter especial que se encuentran recogidas en el Art. 2 del Estatuto de los Trabajadores.

Formularios



Modelos relacionados con trabajadores por cuenta propia o autónomos
   

Comentarios



Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente
Trabajadores Autónomos Colaboradores
Trabajadores Autónomos Societarios

Jurisprudencia



Trabajadores por cuenta propia o autónomos

Legislación



Artículo 1 Ley 20/2007 Supuestos incluidos.
Artículo 2 Ley 20/2007 Supuestos excluidos.
Artículo 1 Real Decreto Legislativo 2/2015 Ámbito de aplicación.
Artículo 2 Real Decreto Legislativo 2/2015 Relaciones laborales de carácter especial.


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