Ventajas del autónomo frente a la sociedad mercantil. ¿Es recomendable elegir la figura de autónomo?

VENTAJAS E INCONVENIENTES DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO FRENTE A UNA SOCIEDAD MERCANTIL.

                                                               
    A lo largo de la historia reciente de nuestro país, el trabajo autónomo ha ido adquiriendo progresivamente un mayor peso en las relaciones laborales. Nos encontramos ante una figura compleja que engloba a infinidad de profesionales de distintas ramas y profesiones (comercio, pequeños profesionales de la construcción y reformas, transporte y reparto, profesionales liberales...).

    Es por esto que en el presente apartado trataremos de esclarecer cuáles son los elementos que, a nuestro juicio, deben tener en cuenta los profesionales a la hora de elegir entre el trabajo por cuenta propia o la constitución de una empresa mercantil.

Ventajas del trabajo autónomo frente a la sociedad mercantil:


  1. Requisitos iniciales para inicio y cese de actividad. Se requiere darse de alta en Hacienda y en la Seguiridad Social, con el modelo 037 a través de los puntos de acceso al emprendedor (P.A.E) cuya finalidad es facilitar el inicio efectivo de la actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo.

    Tampoco será necesario depositar estatutos o establecer órganos de dirección.

  2. Gastos iniciales. La actividad como trabajador autónomo NO supone ningún desembolso o aportación inicial obligatorio, mientras que el mínimo para la constitución de una sociedad mercantil, son 3000 euros, además de los gastos notariales y registrales que correspondan.

  3. Contabilidad simplificada. El trabajador autónomo necesita llevar los registros de facturas emitidas, recibidas y cobradas, así como los registros de operaciones que realice y los bienes en su poder. La Sociedad mercantil requiere además un libro dirario que le permita una llevanza ordenada de las cuentas anuales: balance, memoria y cuenta de pérdidas y ganancias. Estos libros contables, serán depositados también en el caso de las sociedades mercantiles en el Registro Mercantil.

  4. Tarifa Plana para autonomos: podrán acceder a ella, tal como establecen los términos del Artículo 31 Ley 20/2007, los nuevos autónomos (o los que lleven determinado tiempo de baja) y consistirá en una reducción de la cuota hasta los 60 euros al año dutrante los 12 primeros meses y durante el segundo año: un 50% los 6 meses siguientes y un 30% los 6 restantes.

Inconvenientes del trabajo autónomo frente a la sociedad mercantil:

  1. Limitación de la responsabilidad. la Ley de Sociedades de Capital permite una limitación de responsabilidad frente a deudas presentes o futuras conforme al capital aportado: 3.000 euros en el caso de las SL y 60.000 para las S.A.

  2. Tramos fijos de gravamen. La ventaja radica en la disposición de un tipo fijo en la tributación por el Impuesto de Sociedades que en la inmensa mayoría de los casos será generalmente del 25% (20% en caso de cooperativas). Mientras, la tributación del trabajador autónomo, conforme al IRPF seguirá unos tramos, que se incrementarán progresivamente con los ingresos.

  3. Mayores posibilidades de crecimiento.
    Hechas estas consideraciones, la elección por una u otra opción dependerá en gran medida de cuáles son las condiciones materiales del emprendedor, sus medios económicos y las características de la profesión o negocio que pretende acometer.

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Modelos relacionados con trabajadores por cuenta propia o autónomos

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¿Qué es un trabajador autónomo?

Jurisprudencia



Trabajadores por cuenta propia o autónomos

Legislación



Artículo 31 Ley 20/2007 Beneficios en la cotización a la Seguridad Social aplicables a los autónomos.

Siguiente: ¿Quienes pueden ser trabajadores autónomos? ¿Quiénes no pueden ser trabajadores autónomos? Supuestos incluidos y excluidos.

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