¿Es posible "desafectar" y "reafectar" trabajadores en los ERTEs desde 1 de Octubre?.
En varias ocasiones hemos abordado la regulación aplicable a los ERTEs desde el 1 de Octubre, como consecuencia del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo; analizando las distintas modalidades de ERTEs que permanecen vigentes, los pasos que hay que dar para percibir las exoneraciones de la Seguridad Social, o los trámites que hay que realizar ante el SEPE para que los trabajadores puedan percibir las prestaciones por desempleo. Sin embargo, nuestros usuarios y suscriptores han empezado a plantear si es posible, desde el 1 de Octubre, llevar a cabo desafectaciones y, en su caso, reafectaciones de trabajadores en el ERTE, en función de como vayan variando las disposiciones que establecen las distintas autoridades para luchar contra el COVID-19. Lo cierto es que, en esta "segunda oleada" de la pandemia, hay más autoridades con capacidad para establecer normas y restricciones; y existen muchas más normas que inciden, de una forma u otra, en las distintas actividades económicas. Y por si ello fuese poco, las distintas restricciones son mucho más "cambiantes" que lo eran durante la desecalada del primer Estado de Alarma. Por eso, la necesidad de readaptar la actividad a estas "cambiantes" circuntancias dota de más sentido a la posibilidad de, como dicen la mayoría de empresas, "sacar y meter trabajadores en el ERTE". La "desafectación" se refiere precisamente a la posibilidad de reincorporar a la actividad a trabajadores que están en el ERTE, si cambian las circunstancias y la empresa los necesita.
Como ya dijimos en su momento, no está prevista de forma expresa en la norma, pero desde el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, la normativa que afecta a los ERTEs tiene como objetivo la recuperación paulatina de la actividad, en la medida que la pandemia lo permita; restringiendo el ámbito las actividades que cuentan con exoneración en los ERTEs y limitando los supuestos en los que se puede acceder a ERTEs de suspensión total de la actividad o ERTEs por impedimento.
En los nuevos ERTEs ETOP también cabe desafectar y reafectar trabajadores; al igual que cabía en los anteriores al 1 de Octubre. En cuanto a los nuevos ERTEs por limitación, es, a nuestro juicio, dónde más sentido tiene la desafectación y reafectación de trabajadores, porque su causa de ser es precisamente la existencia de normas que establecen restrcciones por el COVID-19; y dependiendo de cómo sean estas restricciones, las necesidades de personal de la empresa serán mayores o menores. El ejemplo tipo es la actividad de la hostelería que hemos mencionado antes. Por último, respecto a los nuevos ERTEs por impedimento, entendemos que no cabe esta posibilidad porque tan pronto como cese la norma que establece el impedimento de la actividad, el ERTE "muere" y, en todo caso, puede ser sustituido por un ERTE por limitación.Legislación
Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo.Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.Comentarios
Prórrogas y nuevos ERTEs aplicables desde el 1 de Octubre de 2020 hasta 31 de Enero de 2021 Trámites a comunicar en la salida y retorno de los trabajadores del/al ERTE ¿Qué hacer con el ERTE en la vuelta a la actividad?Siguiente: Trámites a comunicar en la salida y retorno de los trabajadores del/al ERTE.
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