No Comunicar o comunicar incorrectamente los períodos de actividad al SEPE por los trabajadores reincorporados.
La empresa tiene la obligación de comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE- las reincorporaciones y períodos de actividad e inactividad que los trabajadores tienen en sus respectivas empresas para de esta forma determinar correctamente el importe de la prestación por desempleo que corresponde a cada trabajador incluido en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo.COMUNICACIÓN | PLAZO | FINALIDAD |
Períodos de Actividad | Entre los días 1 y 20 del mes natural siguiente. Puede realizarse la comunicación previamente si se tiene la certeza de que no variarán las condiciones de los trabajadores comunicados. | Con efectos para el pago de las prestaciones por desempleo a los trabajadores. |
- Para el caso de trabajadores que han mantenido una situación ininterrumpida de inactividad desde el inicio del ERTE.
- Para aquellos trabajadores que ya se hayan reincorporado en la totalidad de su jornada y por tanto no tengan derecho a cobrar prestación por desempleo.


¿Qué hacer si no hemos comunicado con carácter previo la reincorporación?
Como norma general el SEPE ha informado en sus guías de actuación que una vez remitido el fichero XML que contempla los períodos de actividad e inactividad para un trabajador y un mes determinado, NO es posible rectificar el envío en caso de errores. No obstante, si se produce un error en el mismo momento que resulta detectado aconsejamos se ponga en contacto con la correspondiente dirección provincial del SEPE, e incluso dependiendo del momento en que sea detectado el error volver a enviar un nuevo fichero XML, pues como el propio SEPE indica:Comentarios
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