Incrementar injustificadamente la base de cotización para obtener mayor prestación por desempleo

Incrementar injustificadamente la base de cotización para obtener mayor prestación por desempleo


    Como se puede comprobar, la mayor parte de las conductas que la ITSS está controlando tienen como denominador común el fraude a las prestaciones por desempleo.

    Eso ocurre también en la siguiente conducta:

Incrementar injustificadamente la base de cotización para obtener mayor prestación por desempleo.


    El importe diario de la prestación contributiva por desempleo depende de la base reguladora. Esta se calcula teniendo en cuenta la base por contingencias profesionales de los 180 últimos días cotizados.

    El importe diario de la prestación durante los 180 primeros días será el 70% de la base reguladora; a partir del día 181 hasta el final de la prestación será el 50%. Si el importe resultante es superior o inferior a las cuantías máximas o mínimas establecidas, el beneficiario percibirá estas cantidades máximas o mínimas según corresponda. Si el desempleo fuera parcial, percibirá la parte proporcional a las horas en que esté desempleado o desempleada, y el consumo de la prestación se producirá por horas y no por días.

    Teniendo en cuenta lo anterior, la conducta consiste, en este caso, en llevar a cabo un aumento de las bases de cotización que sirvan de cálculo para la prestación, sin justificación alguna, y con la única finalidad de que, cuando el trabajador se incorpore al ERTE y perciba la prestación por desempleo, ésta sea de un importe superior, al aplicarse el porcentaje correspondiente sobre una base de cotización más alta.

    Si su empresa ha realizado esta conducta, sepa que constituye infracción muy grave; y si, por el contrario, su empresa ha incrementado las retribuciones de algún trabajador, y con ello las bases de cotización, pero dicho aumento está justificado (porque, por ejemplo, el citado trabajador ha asumido nuevas funciones antes de ser incluido en el ERTE), debe estar en condiciones de acreditar ante la ITSS cuál es la razón que justifica ese incremento de bases de cotización del trabajador, sin perjuicio de reiterar que debe ser la ITSS la que acredite el incremento injustificado y, sobre todo, la finalidad de que el trabajador obtenga una mayor prestación por desempleo.

    Finalmente, sepa que la ITSS está requiriendo la aportación de los recibos de pago de los salarios a los trabajadores afectados por un ERTE, desde Enero o Febrero de 2020; y el justificante de pago de los mismos; a fin de comprobar si existen variaciones injustificadas en las bases de cotización.

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Conductas sancionables relacionadas con los ERTES y con las medidas adoptadas por el CORONAVIRUS

Formularios



Escrito de Alegaciones al acta de la Inspección de Trabajo por infracciones relacionas con un ERTE por CORONAVIRUS.

Escrito de alegaciones ante la Inspección de Trabajo en el trámite de vista y audiencia del expediente por infracciones relacionadas con un ERTE por CORONAVIRUS.

Recurso de Alzada en el procedimiento de Inspección de Trabajo por infracciones relacionadas con un ERTE por CORONAVIRUS.


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