Falsear datos o documentos para la obtención fraudulenta de prestaciones.
El pasado 1 de Junio de 2020 la Inspección de Trabajo retomó su actividad y, de hecho, nos consta que ya ha empezado a realizar actuaciones y a citar a empresas, con el objetivo de comprobar las conductas que, en relación con los ERTEs, han llevado a cabo, las empresas; y que pudieran ser constitutivas de infracción laboral por fraude. Una de esas conductas, considerada como infracción muy grave, es:Falsear datos o documentos para la obtención fraudulenta de prestaciones.

c) Efectuar declaraciones, o facilitar, comunicar o consignar datos falsos o inexactos que den lugar a que las personas trabajadoras obtengan o disfruten indebidamente prestaciones, así como la connivencia con sus trabajadores/as o con las demás personas beneficiarias para la obtención de prestaciones indebidas o superiores a las que procedan en cada caso, o para eludir el cumplimiento de las obligaciones que a cualquiera de ellos corresponda en materia de prestaciones.
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