Tablas Oficiales de amortización.

TABLAS OFICIALES DE AMORTIZACIÓN DESDE 2015.


    La modificación más importante de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, en el área de las amortizaciones ha sido el cambio de las tablas de amortización (antes agrupadas en 10 divisiones, y estas en Agrupaciones de actividad, y posteriormente en grupos, con una tabla para elementos comunes, con un total de 646 elementos amortizables) por una "mini-tabla" (con únicamente 33 elementos).
Tipo de elementoCoeficiente lineal máximoPeriodo de años máximo
Obra civil
Obra civil general2%100
Pavimentos6%34
Infraestructuras y obras mineras7%30
Centrales
Centrales hidráulicas2%100
Centrales nucleares3%60
Centrales de carbón4%50
Centrales renovables7%30
Otras centrales5%40
Edificios
Edificios industriales3%68
Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras4%50
Almacenes y depósitos (gaseosos, líquidos y sólidos)7%30
Edificios comerciales, administrativos, de servicios y viviendas2%100
Instalaciones
Subestaciones. Redes de transporte y distribución de energía5%40
Cables7%30
Resto instalaciones10%20
Maquinaria12%18
Equipos médicos y asimilados15%14
Elementos de transporte
Locomotoras, vagones y equipos de tracción8%25
Buques, aeronaves10%20
Elementos de transporte interno10%20
Elementos de transporte externo16%14
Autocamiones20%10
Mobiliario y enseres
Mobiliario10%20
Lencería25%8
Cristalería50%4
Útiles y herramientas25%8
Moldes, matrices y modelos33%6
Otros enseres15%14
Equipos electrónicos e informáticos. Sistemas y programas
Equipos electrónicos20%10
Equipos para procesos de información25%8
Sistemas y programas informáticos.33%6
Producciones cinematográficas, fonográficas, videos y series audiovisuales33%6
Otros elementos10%20
    

    En el siguiente enlace puede ver la defición y ejemplos de los Elementos de inmovilizado a efectos de la amortización deducible en el Impuesto sobre Sociedades.
¿Cuándo deben aplicarse estas Tablas Oficiales?

    A partir de 1 de enero de 2015, se tienen que aplicar los coeficientes establecidos en la nueva tabla de amortización para todos los elementos de inmovilizado, adquiridos antes y después de la referida fecha.

    Para los elementos de inmovilizado material que no se encuentren definidos como tal en este cuadro se utilizará el coeficiente establecido para Otros elementos, salvo que se pueda encuadrar por sus características en algún otro apartado (por ejemplo, un teléfono móvil se puede considerar un "Equipo para procesos de información" mientras que el ganado se amortizará como "Otros elemtos").

    Tenga en cuenta que esta tabla define para cada elemento de inmovilizado un coeficiente fiscal máximo y un periodo de años máximo de amortización (lo que nos daría una amortización fiscal mínima), de tal forma que será deducible el importe amortizado resultado de aplicar un coeficiente comprendido dentro de cada rango (ambos extremos incluidos).
¿Cómo se aplican?

    En la disposición transitoria decimotercera de la LIS, viene recogido la forma adecuada de aplicar el nueo cuadro, que se hará de acuerdo a los siguientes criterios:

  1. Los elementos en que los coeficientes de amortización de las nuevas y antiguas tablas coincidan, aplicarán la nueva tabla de amortización, aplicando el mismo coeficiente, y el mismo método de amortización.

  2. Para los elementos con coeficiente de amortización distinto al que venían aplicando hasta 31.12.2014, en el período impositivo iniciado a partir de 01.01.2015 y siguientes aplicarán la amortización resultante de dividir el valor neto fiscal del bien existente al inicio de ese período entre los años de vida útil que le reste al elemento según las nuevas tablas.

  3. En el caso que las entidades estuvieran aplicando un método de amortización distinto del lineal y en aplicación de la nueva tabla de amortización al elemento le correspondiera un plazo de amortización distinto, podrán optar por aplicar el método de amortización lineal en el periodo que reste para completar su nueva vida útil, sobre el valor existente al inicio del primer periodo impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2015.

  4. Las adquisiciones de activos nuevos realizadas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004 aplicarán los coeficientes de amortización lineal máximo multiplicados
    por 1,1.

  5. Los elementos intangibles de vida útil definida se amortizan según el nuevo cuadro de amortización.

    En el caso de que se produzca un cambio en los coeficientes de amortización se contabilizará como un cambio en la estimación contable, lo que implica dar cumplida información en la memoria de las cuentas anuales pero no generaran diferencias en la base imponible (como sí ocurre con los errores que tienen incidencia en Reservas de libre disposición).

Ejemplo 1

    RCRCR compró a fecha 01.01.2011 una máquina por 10.000 euros y lo viene amortizando al máximo
fiscal permitido, al 10% anual.

    La nueva tabla de amortización establece para esta máquina un coeficiente máximo del 25%.
    Se pide la amortización fiscal de 2015.

Solución

    Así tendríamos una amortización acumulada a 31.12.2014:
  1. 2011: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
  2. 2012: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
  3. 2013: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
  4. 2014: 10.000 * 10% = 1.000 Euros
    Amortización Acumulada = 4.000 Euros.

    Valor Neto Contable a  31.12.2014 = 10.000 - 4.000 = 6.000 Euros.

    Amortización de 2015: 6.000 Euros. pues ya habría finalizado su vida útil y consecuentemente ha de ser amortizado el Valor Neto Fiscal restante en este ejercicio.

Ejemplo 2

    RCRCR compró una carretilla transportadora con fecha 1 de enero de 2012, por 50.000 Euros.

    La tabla de amortización para este elemento establece un coeficiente máximo de 12% (8,33 años).

    La nueva tabla de amortización para este elemento a partir de 2015 establece un coeficiente de 10% (10 años).

    RCRC ha utilizado hasta 31.12.2014 el método de amortización de porcentaje constante.

Solución

    Así puede optar entre: (Disposición Transitoria 13ª LIS)

    1ª. Seguir amortizando a porcentaje constante como venía haciendo 12% x 2,5 = 30%
EjercicioPorcentajeAmort. AnualAmort. AcumuladaAmort. Pendiente
201230%15.000,0015.000,0035.000,00
201330%10.500,0025.500,0024.500,00
201430%7.350,0032.850,0017.150,00
201530%5.145,0037.995,0012.005,00
201630%3.601,5041.596,508.403,50
201730%2.251,0544.117,556.152,45
201830%1.845,7445.963,294.306,71
201930%1.292,0147.255,303.014,70
2020Resto3.014,7050.000,000,00
2ª. Amortizar linealmente por la vida útil restante desde el ejercicio iniciado a partir de 1 de Enero de 2015.

EjercicioPorcentajeAmort. AnualAmort. AcumuladaAmort. Pendiente
201230%15.00015.00035.000
201330%10.50025.50024.500
201430%7.35032.85017.150
20152.45035.30014.700
20162.45037.75012.250
20172.45040.2009.800
20182.45042.6507.350
20192.45045.1004.900
20202.45047.7502.450
20212.45050.0000,00



Comentarios



Elementos de inmovilizado a efectos de la amortización deducible en el Impuesto sobre Sociedades.

Jurisprudencia



Consulta Vinculante V3125-20. Deducibilidad amortización gastos de registro, mejora e ITP.

Legislación



Artículo 12 Ley 27/2014 LIS. Correcciones de valor: amortizaciones.
Disposición Transitoria 13ª Ley 27/2014 LIS. Aplicación tabla de amortización en elementos adquiridos antes.

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