Plazo para la presentación del Modelo 200 para una sociedad extinguida.

PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL MODELO 200 PARA UNA SOCIEDAD EXTINGUIDA.



    A efectos de la declaración del Impuesto sobre Sociedades es importante determinar con exactitud la fecha en la que una sociedad se considera extinguida y consecuentemente la fecha en la que se concluye el período impositivo de esta.

Según el artículo 27 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, una sociedad se considera extinguida y con lo cual concluirá el período impositivo:

  1. Cuando la entidad se extinga.

  2. Cuando tenga lugar un cambio de residencia de la entidad en territorio español al extranjero.

  3. Cuando se produzca una transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción a este impuesto de la entidad resultante.

  4. Cuando se produzca la transformación de la forma societaria de la entidad, o la modificación de su estatuto o de su régimen jurídico.
    
    Con respecto al apartado a) establecido en el referido artículo 27 (la extinción), se ha pronunciado la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V1981-19 del 31 de Julio de 2019, mediante la cual aclara su criterio con respecto a la fecha en la que se considere efectiva la extinción de la sociedad, la que determinará el inicio del cómputo del plazo establecido para la presentación del Modelo 200 de liquidación del impuesto expresado en el artículo 124 de esta ley.

    En ella la Dirección General de Tributos establece que se producirá la extinción efectiva con el asiento de cancelación en el Registro Mercantil concluyéndose así el período impositivo en la fecha en la que se extinga la personalidad jurídica de la entidad.

    No obstante los efectos de la inscripción de los actos de extinción y cancelación se retrotraen a la fecha del asiento de presentación de la escritura que los documenta, tal y como se indica en el artículo 55 del Real Decreto 1784/1996.

Con respecto al plazo de presentación de la declaración debemos citar que esta se debe presentar dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la fecha del asiento de cancelación.


EJEMPLO DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN POR SOCIEDAD EXTINGUIDA

    La sociedad RCRCR SL se extingue por voluntad de sus dos socios indicándose las siguientes fechas relevantes:

5 Mayo: Formalización de escritura en Notaría.
12 Mayo: Presentación de escrituras en Registro Mercantil.
20 Mayo: Despacho Registrador Mercantil calificando positivamente la cancelación del asiento.
23 Mayo: Baja mediante declaración censal en la Agencia Tributaria cumplimentando el Modelo 036.

Solución

    En dicho caso la empresa tendrá de plazo, para liquidar el Impuesto sobre Sociedades, comprendido entre el 21 de Noviembre y el 15 de Diciembre.


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