Perfil de nuestra empresa para liquidar el Impuesto sobre Sociedades.

Comprobar el Perfil de nuestra Empresa



    Queremos declarar-liquidar un determinado ejercicio económico y la inmensa mayoría de las empresas lo hacen intentando determinar como resultado de la declaración del impuesto la menor cantidad posible a ingresar (o la máxima a devolver) dentro de la legalidad y cumplimiento de la normativa vigente.

    Como paso previo a la obtención del resultado contable, a la finalización del ejercicio económica resultará un buen momento para calificar si nuestra empresa puede ser considerada por la Administración Tributaria como una Empresa de Reducida Dimensión, pues pueden aplicar una serie de incentivos fiscales que podrían ayudar en nuestro objetivo de aprovechar las posibilidades de la normativa para pagar lo menos posible.

  1. CONCEPTO DE EMPRESA DE REDUCIDA DIMENSION (Art. 101 LIS)

        Una empresa es considerada como Empresa de Reducida Dimensión (ERD) a efectos del Impuesto sobre Sociedades, si "el importe neto de la cifra de negocios (INCN) habida en el periodo impositivo inmediato anterior es inferior a 10 millones de euros".

        Ahora bien, el apartado 4 del artículo 101 de la LIS, establece además que:

        "(...)
         4. Los incentivos fiscales establecidos en este capítulo también serán de aplicación en los tres periodos impositivos inmediatos y siguientes a aquel periodo impositivo en que la entidad o conjunto de entidades a que se refiere el apartado anterior, alcancen la referida cifra de negocios de 10 millones de euros, determinada de acuerdo con lo establecido en este artículo, siempre que las mismas hayan cumplido las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión tanto en aquel periodo como en los dos periodos impositivos anteriores a este último.
         (...)"
    .

        Así, las entidades consideradas coo ERD podrían aplicar incentivos tales como:

    1. Libertad del amortización (Art. 102 LIS)

    2. Aceleración de amortización de los elementos nuevos del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias (Art. 103 LIS)

    3. Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores (Art. 104 LIS)

    4. Reserva de nivelación de bases imponibles (Art. 105 LIS)

        Por otra parte, dentro de estas entidades, si el INCN del periodo anterior es inferior a 1 MM. de euros, podrán beneficiarse de un tipo reducido del 23%, como especifica el artículo 29 de la LIS, que resumimos y detallamos su evolución en el siguiente cuadro:

    Ejercicio 2015A partir de 2016A partir de 2023
    Tipo general28%25%25%
    Entidades de nueva creación que realicen actividades económicas
    (Primer año de beneficios y siguiente)
    15%15%15%
    Entidades de reducida dimensiónHasta 300.000 Euros al 25%


    Resto al 28%
    25%INCN menor de 1.000.000 Euros al 23%


    Resto al 25%

  2. PLANTILLA MEDIA TOTAL DE LA EMPRESA (Art. 102 LIS)

        A la finalización del ejercicio, otro dato que debería recoger es la plantilla media de la empresa durante el mismo, porque si se mantiene o se incrementa, suelen existir incentivos fiscales habilitados por el legislador.

        La propia página web de la Seguridad Social, a través del sistema RED, le permitirá conocer la plantilla media de su empresa durante el período que desee.


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Empresas de Reducida Dimensión en el IS

Legislación



Art. 25 Ley 27/2014 LIS. Reserva de capitalización
Art. 26 Ley 27/2014 LIS. Compensación de bases imponibles negativas.
Art. 29 Ley 27/2014 LIS. Tipo de gravamen.
Art. 30 Ley 27/2014 LIS. Cuota íntegra.
Art. 31 Ley 27/2014 LIS. Deducción evitar doble imposición jurídica: impuesto soportado.
Art. 32 Ley 27/2014 LIS. Deducción para evitar la doble imposición económica internacional.
Art. 33 Ley 27/2014 LIS. Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
Art. 34 Ley 27/2014 LIS. Bonificación por prestación de servicios públicos locales.
Art. 35 Ley 27/2014 LIS. Deducción por actividades de I+D+i.
Art. 36 Ley 27/2014 LIS. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas.
Art. 37 Ley 27/2014 LIS. Deducciones por creación de empleo.
Art. 38 Ley 27/2014 LIS. Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.
Art. 39 Ley 27/2014 LIS. Normas comunes a las deducciones previstas en este capítulo
Art. 40 Ley 27/2014 LIS. El pago fraccionado.
Art. 101 Ley 27/2014 LIS. Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.
Art. 102 Ley 27/2014 LIS. Libertad de amortización.
Art. 103 Ley 27/2014 LIS. Amortización de elementos nuevos de inmovilizado.
Art. 104 Ley 27/2014 LIS. Deterioro de crédito por insolvencias de tráfico.
Art. 105 Ley 27/2014 LIS. Reserva de nivelación de bases imponibles.
Art. 128 Ley 27/2014 LIS. Retenciones e ingresos a cuenta.
Art. 129 Ley 27/2014 LIS. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones activos financieros.


ANEXOS

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