Métodos de Valoración operaciones Vinculadas. Método de la distribución del resultado.

MÉTODO DE LA DISTRIBUCIÓN DE RESULTADO (PROFIT SPLIT)


    Este método, además de en el artículo 18.4 del TRLIS, se encuentra en la Guía de Precios de Transferencia de la OCDE (Transfer Pricing Guidelines for Multinational Enterprises and Tax Administrations 2009).

    Es uno de los métodos determinados por la Administración, que anteriormente se consideraban secundarios, para que el obligado tributario determine el valor de mercado de una determinada operación. En este sentido, y dependiendo de la naturaleza de la operación, habremos de justificar porqué no hemos elegido uno de los métodos principales (precio libre comparable, coste incrementado o precio de reventa) para justificar el valor de mercado elegido y a partir de ahí mostrar el porqué de su aplicación.

    Se asigna a cada persona o entidad vinculada que realice de forma conjunta una o varias operaciones  la parte del resultado común derivado de dicha operación u operaciones, en función de un criterio que refleje adecuadamente las condiciones que habrían suscrito personas o entidades independientes en circunstancias similares.

    La forma de proceder sería:

  1. En primer lugar se identifica el beneficio que ha de distribuirse entre las empresas asociadas por las operaciones vinculadas.

  2. Posteriormente se reparte ese beneficio en función de unos criterios económicamente válidos que se aproximan al reparto que se hubiera previsto y reflejado en un acuerdo en condiciones de plena competencia.

    Este método supone ofrecer documentación (interna a nivel de grupo y terceros) sobre los contratos suscritos, detalle de las funciones asumidas por las partes en relación con las operaciones objeto de análisis, identificando los riesgos asumidos ponderando, en su caso, los activos utilizados por cada parte vinculada, así como del margen de beneficio de las empresas del sector de bases sectoriales.

    La OCDE recomienda la aplicación de este método cuando las operaciones se encuentran altamente interrelacionadas y no sea posible valorarlas de forma separada. El método propone realizar un reparto del beneficio obtenido en una operación por partes vinculadas conforme al reparto que habrían realizado partes independientes. Procedería entonces, cuando existen en la operación, activos intangibles de alto valor, cuya propiedad está en manos de diferentes entidades vinculadas.

    El análisis residual divide los beneficios agrupados de las transacciones vinculadas a examinar en dos fases:

  1. Se le imputa a cada participante un beneficio suficiente como para proporcionarle una contraprestación apropiada al tipo de transacciones en los que se encuentra involucrado.

  2. Cualquier beneficio residual (o pérdida) que quede después de la división de la primera fase, se imputaría entre las partes basándose en un análisis de los hechos y circunstancias que pudiesen indicar cómo este residuo habría sido dividido entre empresas independientes. Los indicadores de las contribuciones de aquellos participantes que poseen derechos de propiedad inmaterial o posiciones negociadoras relativamente fuertes podrían ser particularmente útiles en este contexto.



Legislación



Artículo 18 Ley 27/2014 de la LIS. Operaciones Vinculadas.

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