Libertad de amortización. Inversiones en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.
Puedes descargar nuestros libros especializados.
DESCARGAR totalmente gratis además de otros contenidos útiles.
El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria modifica la Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, donde inicialmente se redacta una nueva disposición adicional decimosexta en la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades -LIS-, estableciendo la posibilidad de aplicar libertad de amortización, a las inversiones realizadas en los períodos impositivos que concluyan entre el 2 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2021, en relación con elementos nuevos del inmovilizado material afectos al sector industrial de automoción:- Que impliquen la sensorización y monitorización de la cadena productiva.
- Que supongan la implantación de sistemas de fabricación basados en plataformas modulares o que reduzcan el impacto ambiental.
- Sin que puedan acogerse los inmuebles a este incentivo y,
- Sabiendo que la cuantía de la inversión que podrá beneficiarse de esta libertad de amortización será como máximo de 500.000 euros.
Recuerde que:
Ha de mantener la plantilla media total, respecto de la plantilla media de 2019, durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos entren en funcionamiento.Comentarios
Deducción por Actividades de Innovación Tecnológica producción de cadena de valor en automoción.Legislación
Art. 101 Ley 27/2014. LIS. Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.Art. 102 Ley 27/2014. LIS. Libertad de amortización.DA. 16ª Ley 27/2014. LIS. Libertad de amortización inversiones en cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectadaJurisprudencia y Doctrina
Resolución TEAC 09054/22. La libertad de amortización es opcional y se debe aplicar en el plazo de declaración.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

