Incentivos Fiscales (bonificaciones) aplicables a las empresas de reducida dimensión (ERD - Pymes)

RÉGIMEN APLICABLE A LAS PYMES



Se considerarán a efectos fiscales entidades de reducida dimensión o pymes, siempre que el importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros.


    El régimen especial aplicable a las pequeñas y medianas empresas fue una de las grandes novedades establecidas por el RDL 4/2004 del TRLIS, y consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, a partir de 1 de enero de 2015 incorpora algunas novedades. Se trata de una forma especial a este tipo de sociedades, recogiendo así las recomendaciones que se han realizado desde el ámbito comunitario.

    Se aprobaron una serie de beneficios exclusivos para este tipo de empresas que actualmente, y representados gráficamente son: (además podrán de aplicar el resto de incentivos de otras empresas salvo incompatibilidad expresa)
INCENTIVOS FISCALES PARA EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN (ERD) - Artículo 101 LIS
Incentivos-fiscales_pymes
Artículo 102 LISArtículo 103 LISArtículo 104 LISArtículo 105 LIS


    Además, se especifíca expresamente que no podrán acogerse a este régimen las sociedades patrimoniales.

    Este régimen también afectará a los empresarios individuales y a los profesionales que calculen su rendimiento neto por el método de estimación directa.

    
Los incentivos fiscales establecidos para estas entidades, también serán de aplicación en los tres períodos impositivos inmediatos y siguientes a aquél período impositivo en que la entidad o conjunto de entidades, alcancen la cifra de negocios de 10 millones de euros, determinada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 101 TRLIS, siempre que las mismas hayan cumplido las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión tanto en aquél período como en los dos períodos impositivos anteriores a este último, como así ratifica la consulta de la DGT V2577-23 de 26 de septiembre. También será aplicable esta ampliación temporal cuando dicha cifra de negocios se alcance como consecuencia de que se haya realizado una operación de reestructuración, siempre que las entidades que hayan realizado tal operación cumplan las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión tanto en el período impositivo en que se realice la operación como en los dos períodos impositivos anteriores a este último.


    Para ver que entendemos por PYME-Empresa de Reducida Dimensión a efectos de aplicar este régimen especial, la legislación se decanta por el volumen neto de la cifra de negocios:

  1. Que el volumen neto de su cifra de negocios haya sido el año anterior como máximo 10 millones de euros.

  2. Si la cifra de negocios se refiere a un período impositivo inferior a 1 año de duración se estimará el importe que se hubiera obtenido si el período hubiese durado 1 año.

  3. Cuando la sociedad forme parte un grupo fiscal o cuando una persona física (por parentesco) tenga dominio de otras sociedades, el importe de 10 millones ya mencionado, deberá referirse al del conjunto de entidades, en lugar de considerarse únicamente el importe de la cifra de negocio de la sociedad individual.


Comentarios



- Importe neto de la Cifra de Negocio.
- Libertad de amortización ERD
- Amortización acelerada ERD
- Deterioro por insolvencias ERD
- Reserva de nivelación ERD

Legislación



Artículo 101 Ley 27/2014 de la LIS. Ámbito de aplicación. Cifra de negocios.
Artículo 102 Ley 27/2014 de la LIS. Libertad de amortización.
Artículo 103 Ley 27/2014 de la LIS. Libertad de amortización para inversiones de escaso valor.
Artículo 104 Ley 27/2014 de la LIS. Amortización de los elementos nuevos del Inmovilizado.
Artículo 105 Ley 27/2014 de la LIS. Pérdidas por deterioro de créditos por insolvencias de deudores.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V2577-23 de ls DGT. Aplicación ventajas fiscales una vez sobrepasado límite.
Resolución TEAC 09054/22. La libertad de amortización es opcional y se debe aplicar en el plazo de declaración.
Resolución 01027/2019 TEAC. Aplicación incentivos fiscales para ERD en arrendamiento de inmuebles.
Resolución 03131/2017 TEAC. Aplicación incentivos fiscales para ERD en arrendamiento de inmuebles.
Resolución 04190/2014 TEAC. Inscripción Registro especial admin. de las Uniones Temporales de Empresas.
Resolución 08/13147/2014 TEAC. Tipo reducido empresa reducida dimensión incluida en grupo mercantil.

ANEXOS

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