Cómputo de los grados de parentesco, por consanguinidad o afinidad.

CÓMPUTO DE LOS GRADOS DE PARENTESCO



NOTA: Son consideradas personas vinculadas los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el 3º GRADO.

Siguiente: Momento en que ha de elaborarse la documentación de una determinada operación vinculada.

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