Casilla 346. Modelo 200. Revalorizaciones contables.

200 CASILLA 346. MODELO 200. REVALORIZACIONES CONTABLES


Recuerde que:

    En el caso en el que los registros contables de los gastos difieran de los criterios establecidos en la normativa fiscal se deberá realizar un ajuste de la base imponible (Ver Ejemplo), tal y como se expresa en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
    En esta clave se deberá consignar el importe de los ingresos derivados de revalorizaciones contables no amparadas por una norma legal o reglamentaria, que se hayan producido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y hayan sido contabilizados en el período impositivo.

    Se deberá incluir en esta casilla también, en el período impositivo en que la revalorización del elemento se haya imputado contablemente, el importe de la referida revalorización.

    En esta clave se deberán consignar las operaciones de aumento de capital o fondos propios por compensación de créditos han de valorarse fiscalmente por el importe de dicho aumento desde el punto de vista mercantil, por lo que tendrán que incluirse aquí las diferencias con su valoración contable, integrándose en estos ajustes fiscales la diferencia entre el importe del aumento y el valor fiscal del crédito capitalizado.

    En aquellos casos en los que el gasto contable que se pueda imputar la empresa en el período sea superior al gasto fiscal imputable, se deberá realizar un aumento de la base imponible. En caso de que sea el gasto contable menor que el gasto fiscal, se deberá realizar una disminución tal y como vemos de manera gráfica.
Criterio Contable/FiscalIncidencia en Resultado ContableAjuste Extracontable
Gasto Contable  >  Gasto FiscalAumentoPositivo (+)
Gasto Contable  <  Gasto FiscalDisminuciónNegativo (-)

Ejemplo

    La sociedad JHVGI, tras analizar el mercado, ha descubierto que tiene unos activos intangibles cuyo valor razonable es inferior al valor por los que los tiene contabilizados, debido a una depreciación generada por el paso del tiempo. Los intangibles con los que trabaja la empresa se han valorado por un importe de 38.800 Euros, siendo dicho importe mayor a los 77.100 Euros por los que estaban registrados.

Solución

Apreciación de los intangibles de la empresa: 38.800 - 77.100 = - 38.300 Euros
ConceptoRegistro ContableFiscalidadAjuste ExtracontableModelo 200 de IS
Pérdida de valor de los intangibles- 38.300 Euros0 Euros(-) 38.300 EurosCasilla 346

Cas346

    Una vez que seleccionamos la pestaña para rellenar el ajuste en la casilla 346, nos aparecerá una ventana en la que tendremos que diferenciar la corrección en función de si es permanente o temporaria y, en caso de ésta última, si es una corrección con origen en el ejercicio presente, o si se generó la reversión en ejercicios pasados.

Ej346

    Por último, habrá que reflejar la corrección en el cuadro detalle de las correcciones de la cuenta de pérdidas y ganancias, que se encuentra a partir de la página 26.bis

Ej346



200Instrucciones


Casilla 345 modelo 200.Aumentos de la BI.


Comentarios



Ajustes Extracontables. Revalorizaciones contables

Legislación



Art. 17 Ley 27/2014 LIS. Regla general y reglas especiales de valoración en los supuestos de transmisiones lucrativas y societarias.

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