La sociedad RCRCR, S.A. compra maquinaria para su actividad empresarial en régimen de arrendamiento financiero con las siguientes características:
- Precio de adquisición: 45.000 Euros
- Coste financiero: 4.520 Euros
- Duración del contrato: 4 años
RCRCR, S.A. a efectos del impuesto es considerada una
entidad de reducida dimensión pues cumple con los requisitos del
artículo 101 de la LIS.
Las cuotas del arrendamiento financiero son:
| Año | Carga Financiera | Amortización | Cuota Total Anual |
| 20X0 | 1.800 Euros | 7.500 Euros | 9.300 Euros |
| 20X1 | 1.320 Euros | 7.500 Euros | 8.820 Euros |
| 20X2 | 900 Euros | 7.500 Euros | 8.400 Euros |
| 20X3 | 500 Euros | 7.500 Euros | 8.000 Euros |
RCRCR, S.A. registra la amortización contable de acuerdo al
coeficiente máximo establecido en tablas:
16%.
¿Cómo cumplimentaríamos el modelo 200 para el ejercicio 20X0?
Solución
Por lo expuesto, el
registro contable realizado por RCRCR, S.A., responderá a:
| Año | Gastos por intereses | Amortización del Vehículo |
| 20X0 | 1.800 Euros | 4.800 Euros |
| 20X1 | 1.320 Euros | 4.800 Euros |
| 20X2 | 900 Euros | 4.800 Euros |
| 20X3 | 500 Euros | 4.800 Euros |
| 20X4 | 0 Euros | 4.800 Euros |
| 20X5 | 0 Euros | 4.800 Euros |
| 20X6 | 0 Euros | 1.200 Euros |
De acuerdo con lo establecido en el
artículo 106 de la LIS, RCRCR, S.A. tiene la posibilidad de imputar en su cuenta de resultados como
gasto por recuperación del coste hasta el triple (duplo por 1,5) del coeficiente lineal de amortización máximo establecido en las Tablas Oficiales del
artículo 12 de la LIS; es decir:
30.000 * 16% * 3 =
14.400 euros
Si bien 14.400 euros es la cifra obtenida al multiplicar el coeficiente de tablas por 3, como se está pagando como cuota de recuperación del coste la cantidad de
7.500 euros, esta cifra
actuaría como límite, siendo el máximo gasto deducible por este concepto a efectos fiscales.
En este sentido, el ajuste extracontable vendría dado de la forma:
| Año | Registro Contable | Fiscalidad | Ajuste Extracontable | Modelo 200 de IS |
| 20X0 | 4.800 Euros | 7.500 Euros | (-) 2.700 Euros | Casilla 318 |
| 20X1 | 4.800 Euros | 7.500 Euros | (-) 2.700 Euros | Casilla 318 |
| 20X2 | 4.800 Euros | 7.500 Euros | (-) 2.700 Euros | Casilla 318 |
| 20X3 | 4.800 Euros | 7.500 Euros | (-) 2.700 Euros | Casilla 318 |
| 20X4 | 4.800 Euros | 0 Euros | (+) 4.800 Euros | Casilla 317 |
| 20X5 | 4.800 Euros | 0 Euros | (+) 4.800 Euros | Casilla 317 |
| 20X6 | 1.200 Euros | 0 Euros | (+) 1.200 Euros | Casilla 317 |
| 30.000 Euros | 30.000 Euros | |
Las casillas del modelo 200 a rellenar serían las siguientes para el ejercicio 20X0:
Una vez que seleccionamos la pestaña para rellenar el ajuste en la
casilla 318, nos aparecerá una ventana en la que tendremos que diferenciar la corrección en función de si es
permanente o temporaria y, en caso de ésta última, si es una corrección con origen en el ejercicio
presente, o si se generó la reversión en ejercicios
pasados.
Por último, habrá que reflejar la corrección en el cuadro detalle de las correcciones de la cuenta de
pérdidas y ganancias, que se encuentra en la
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