MÓDULOS QUE PUEDEN SER APLICADOS | UNIDAD DE MEDIDA |
Personas contratadas por el titular de la actividad | Nº personas asalariadas |
Personal no asalariado | Nº personas no asalariadas |
Superficie del local | Metro cuadrado (m2) |
Local independiente o no dependiente | Sala de ventas para atención al público |
Consumo de energia eléctrica ![]() Se entiende por consumo de energía eléctrica, la facturada por la empresa suministradora y se expresará en Kilowatios/hora.Cuando en dicha factura se haga distinción entre energía activa (convertida en movimiento o calor) y energía reactiva (no consumible ni convertida), computaremos únicamente la primera | Kilowatio/hora (Kw/h) |
Potencia eléctrica ![]() Se entiende por potencia eléctrica cuantificable en el módulo, a la potencia contratada con la empresa suministradora de energía, siendo la unidad en la que se mide el Kilowatio (Kw) | Kilowatio (kw) |
Superficie del horno ![]() Se entiende por superficie del horno, la correspondiente a las características técnicas del mismo. La unidad en la que se medirá es la de 100 decímetros cuadrados | Decímetro cuadrado (dm2) |
Mesas | Aquella que pueda ser ocupada por 4 personas |
Carga de vehículos | Kilogramos o toneladas |
Plazas ![]() Para las actividades consistentes en el servicio de hospedaje, se entenderá por "plazas" el número de unidades de capacidad de alojamiento en el establecimiento | Nº de unidades de capacidad de alojamiento del establecimiento |
Asientos | Nº de unidades que figura en la Tarjeta de Inspección Técnica del vehiculo |
Máquinas recreativas | Maquinas instaladas que NO sean propiedad del titular |
Potencia fiscal del vehículo ![]() Se computará, para todas aquellas actividades que lo tienen asignado, por la potencia fiscal que figure en la Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo, que expresaremos en Caballos Fiscales (CVF) Según establece la Dirección General de Tributos en Consulta Vinculante V0646-23, si un vehículo no ha podido circular por no superar la Inspección Técnica de Vehículos, no se computará este vehículo durante los días transcurridos entre el resultado desfavorable y el siguiente favorable. | CVF definido en la Tarjeta de Inspección Técnica |
Longitud de la barra | Metros (con dos decimales) |
Número de habitantes ![]() Será la población de derecho del municipio, constituido por el total de los residentes inscritos en el Padron Municipal de Habitantes, presentes o ausentes, adquiriéndose la condición de residentes en el momento de realizar la inscripción | Nº residentes inscritos en el Padrón Municipal |
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Esquema para la determinación del Rendimiento neto de Actividades en Régimen de Estimación Objetiva del IRPF.Siguiente: Límite en el volumen de ingresos en Estimación Objetiva. Módulos IRPF.
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