ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA EN BALEARES POR TRASLADO TEMPORAL. BALEARES 2023.
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Que se trate de un arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda y ocupado efectivamente por el contribuyente.
- Que se haya constituido el depósito de la fianza a favor del Instituto Familiar de la Vivienda.
- Que la suma de las bases imponibles, general y del ahorro NO supere la cantidad de 33.000 Euros en tributación individual, ni 52.800 Euros en tributación conjunta.
- Que el contribuyente identifique al arrendador en la autoliquidación del IRPF registrando su NIF/NIE, o en su defecto el Número de Identificación del país de residencia.
- Que el contribuyente pueda justificar documentalmente el gasto satisfecho y el resto de requisitos exigibles para la deducción.
- Que el traslado temporal NO rebase los tres años de duración.
- En caso de tributación conjunta, la deducción será aplicable a cada uno de los contribuyentes que trasladen su residencia a otra isla del archipiélago balear en el ámbito de una misma relación laboral por cuenta ajena. Cuando se trate de matrimonios en régimen de gananciales y sólo uno de los cónyuges hubiera trasladado su residencia a otra isla en el ámbito de una relación laboral, la deducción sólo podrá aplicarla dicho cónyuge, aunque por la mitad de las cantidades satisfechas.
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