Naturaleza y cesión a las comunidades autónomas del Impuesto sobre el Patrimonio.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO: NATURALEZA Y CESIÓN AUTONÓMICA



    Si hablamos del Impuesto sobre el Patrimonio estamos haciendo referencia a un tributo de carácter directo y naturaleza personal, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de acuerdo a la aplicación de la Ley 19/1991.

    De cara a la liquidación del impuesto, el patrimonio neto del contribuyente será el conjunto de todos aquellos bienes y derechos de los cuales sea titular, deduciéndose del valor de estos bienes y derechos el importe correspondiente a las cargas o gravámenes que puedan disminuir su valor, del mismo modo que lo hacen las deudas y obligaciones personales de las que el contribuyente deba responder.

    Respecto al ámbito territorial del impuesto debemos saber que nos encontramos ante una figura impositiva aplicable en todo el territorio español. Además, se trata de un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que se tendrá el alcance y condiciones que establezca cada Comunidad Autónoma en su Ley de Cesión específica.

Cesión del impuesto a las Comunidades Autónomas


    El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto cuyo rendimiento está cedido en su totalidad a las Comunidades Autónomas; además, éstas podrán asumir competencias para regular normativamente aspectos como el mínimo exento, el tipo de gravamen, establecer deducciones y bonificaciones de la cuota.

    Ahora bien, las deducciones y bonificaciones que las Comunidades Autónomas introduzcan han de ser compatibles con la regulación estatal y no podrán modificarla. Además, para calcular la cuota a ingresar, en primer lugar se aplicarán las deducciones y bonificaciones estatales y, posteriormente, las autonómicas.

    Por otro lado, las Comunidades Autónomas podrán no regular ningún aspecto sobre este impuesto, aunque este hecho no eximirá su exigibilidad ya que resultará de aplicación (con carácter supletorio) la normativa estatal (Ley 19/1991) para aspectos no regulados por éstas.

Comentarios



¿Quién está obligado al pago del Impuesto sobre el Patrimonio?
Esquema de liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio.
Gestión del Impuesto sobre el Patrimonio.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V2123-23. Venta de acciones y tributación en Impuesto sobre el Patrimonio.
Consulta vinculante V1224-23. Tributación en Impuesto sobre el Patrimonio de bienes adquiridos en herencia.

Legislación



Art. 1 Ley 19/1991 LIP. Naturaleza y objeto del Impuesto.
Art. 2 Ley 19/1991 LIP. Ámbito territorial.

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