Índices correctores actividades agrícolas y ganaderas. Índice aplicable a actividades forestales. Régimen de Estimación objetiva

ÍNDICES CORRECTORES ACTIVIDADES AGRÍCOLAS:
8. Actividades Forestales



Se aplicará el índice sobre los rendimientos procedentes de la explotación de fincas forestales gestionadas de acuerdo a planes técnicos de gestión forestal, ordenación de montes, planes dasocráticos o planes de repoblación forestal aprobados por la Administración forestal competente, siempre que el período de producción medio, según la especie de que se trate, determinado en cada caso por la Administración forestal competente, sea igual o superior a 20 años.


Índice: 0,80


    A las actividades forestales UNICAMENTE LE SERA APLICABLE el índice corrector para empresas cuyo rendimiento neto minorado NO supere 9.447,91 euros.


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Esquema para determinación del Rendimiento. Actividades Agrícolas o Ganaderas.

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