Exención para acciones o participaciones de entidades de nueva o reciente creación adquiridas antes del 29 de septiembre de 2013.
De acuerdo con la disposición transitoria 27ª de la Ley 35/2006 de IRPF, los contribuyentes que obtengan ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión, de acciones o participaciones de entidades de nueva o reciente creación adquiridas desde el 7 de julio de 2011 hasta el 29 de septiembre de 2013, y que hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente por un periodo superior a tres años (contados de fecha a fecha) podrán aplicar la exención prevista en la disposición adicional 34ª de la Ley del IRPF en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en dicha disposición adicional. De acuerdo con el artículo 41.5 del RIRPF, si con posterioridad a la aplicación de la exención por reinversión de la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de acciones o participaciones en entidades de nueva o reciente creación, se hubiera perdido, total o parcialmente, el derecho a dichas exenciones, deberá presentarse declaración complementaria. La pérdida del derecho a la citada exención puede producirse como consecuencia de:- No haberse efectuado la reinversión dentro del plazo legalmente establecido a tal fin.
- Incumplir cualquier otra de las condiciones que determinan el derecho a este beneficio.
Legislación
DA. 34 Ley 35/2006 IRPF. Medidas para favorecer capitalización de empresas de nueva/reciente creación.DT. 27 Ley 35/2006 IRPF. Acciones o participaciones de entidades de nueva o reciente creaciónQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.