
Índices o Módulos Régimen Estimación Objetiva de IRPF
MÓDULO | DEFINICIÓN | UNIDAD | Rendimiento anual por unidad |
1 2 3 4 | Personal asalariado Personal no asalariado Consumo energía eléctrica Potencia fiscal vehículo | Persona Persona 100 Kwh CVF | 6.575,75 Euros 20.854,69 Euros 69,28 Euros 132,27 Euros |
Magnitud máxima de aplicación: | 3 personas empleadas |

Índice corrector de Exceso.
Cuando el rendimiento neto minorado, o en su caso, rectificado por la aplicación de los índices correctores correspondientes, sea superior a la cuantía señalada para la presente actividad, al EXCESO sobre dicha cuantía se le aplicará el índice 1,30.ACTIVIDAD: Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire)CUANTIA: 40.002,45 eurosComentarios
- Índices o módulos epígrafe 504.1 en Régimen Especial Simplificado de IVA.- Cuota de IAE epígrafe 504.1 Instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos.Legislación
- Orden HAP/2430/2015 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2016- Orden HAP/2222/2014 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2015¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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