Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad. Asturias 2023
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Que el cónyuge, ascendientes o descendientes convivan con el contribuyente durante más de 183 días al año y no tengan rentas anuales, incluidas las exentas, superiores a 35.000 euros.
- La adquisición de la nueva vivienda o, en su caso, las obras e instalaciones en que la adecuación consista, deberán resultar estrictamente necesarias para la accesibilidad y comunicación sensorial que faciliten el desenvolvimiento digno y adecuado de las personas con discapacidad, extremo que deberá ser acreditado ante la Administración tributaria mediante resolución o certificado expedido por la Consejería competente en materia de valoración de discapacidad.
- La base máxima de la deducción será de 15.000 euros, tanto en tributación individual como en la conjunta, incluyéndose en la misma los importes destinados a la amortización de préstamos hipotecarios.
- Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos ascendientes o descendientes para un mismo período impositivo, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. No obstante, cuando los contribuyentes tengan distinto grado de parentesco con el ascendiente o descendiente, la aplicación de la deducción corresponderá a los de grado más cercano..
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