Por nacimiento o adopción de hijos. Galicia 2022
Cuando la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo personal y familiar sea igual o mayor de 22.000,01 euros: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo que conviva con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y 360 euros por cada hijo en caso de parto múltiple. Cuando la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar sea menor o igual a 22.000 euros: 360 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo que conviva con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre), 1.200 euros si se trata del segundo hijo, 2.400 euros si se trata del tercer hijo o siguientes.Base imponible total menos mínimo personal y familiar | Importe de la deducción |
Igual o menor a 22.000 euros |
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Entre 22.001 y 31.000 euros | 300 euros por hijo |
Más de 31.000 euros | --- |
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Cuando, en el período impositivo del nacimiento o adopción o en los dos siguientes, los hijos nacidos o adoptados convivan con ambos progenitores, la deducción que corresponda se practicará por mitad en la declaración de cada uno de ellos.
- Las cuantías fijadas para esta deducción se duplicarán en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. El grado de discapacidad deberá estar referido a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y reconocido mediante resolución expedida por el órgano competente en materia de servicios sociales.
APLICACIÓN EN 2022 DE LA DEDUCCIÓN POR HIJOS NACIDOS EN 2020 Y 2021
Los contribuyentes que tuvieron derecho a la deducción por nacimiento o adopción de hijos en los ejercicios 2020 o 2021 pueden practicar esta deducción en el ejercicio 2022, siempre que el hijo o hijos que originaron el derecho a la deducción en aquellos ejercicios convivan con el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre).El importe, requisitos y límites de renta para la aplicación de la deducción por los hijos nacidos o adoptados en los ejercicios 2020 o 2021 son los anteriormente comentados.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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