Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión. Aragón 2024
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- La participación del contribuyente en la sociedad NO podrá ser superior al 10 por 100 de su capital social.
- Las acciones suscritas deben mantenerse en el patrimonio del contribuyente durante un período de dos años como mínimo.
- La sociedad objeto de la inversión debe tener el domicilio social y fiscal en Aragón, y NO debe tener como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4.8.2.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
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