Deducción por inversión en instalaciones de climatización que utilice energia renovable. Deducciones Autonómicas del IRPF. Galicia.

Inversión en instalaciones de climatización o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables. Galicia 2023



Los contribuyentes que inviertan en la instalacion de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen fuentes de energías renovables en la vivienda habitual, podrán aplicarse una deducción en su cuota íntegra del 5 por 100 de las cantidades satisfechas en el ejercicio, con un límite de 280 euros por contribuyente.

Base de deducción


    La base de esta deducción estará constituida por las cantidades efectivamente satisfechas en la totalidad de la instalación, esto es, sistema de generación, sistema de emisión térmica y sistema de captación, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a los instaladores habilitados que realicen la instalación.

    En ningún caso darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN


    Sólo se podrá practicar la deducción si se cumplen los siguientes requisitos:

  1. La instalación debe estar debidamente registrada por el instalador, que debe estar habilitado para el efecto, en la Oficina Virtual de Industria (OVI). Se le remitirá al titular o empresa que registró la instalación un código de verificación de ésta.

  2. Posteriormente, y siempre antes de que expire el plazo para presentar la autoliquidación correspondiente al período impositivo en el que se sufragó la instalación, será necesario aportar a través de la OVI el presupuesto analizado de la instalación, la factura o facturas emitida/s por el instalador habilitado, los justificantes de pago por la totalidad del coste de la instalación.

  3. La base de esta deducción estará constituida por las cantidades efectivamente satisfechas en la totalidad de la instalación, esto es, sistema de generación, sistema de emisión térmica y sistema de captación, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a los instaladores habilitados que realicen la instalación.

  4. En ningún caso darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

  5. Se entiende por energías renovables aquellas a las que se refiere el artículo 2 de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE.

  6. En caso de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal que sean de nueva construcción o en los que se proceda a la sustitución de los equipos de generación térmica por otros que empleen energías renovables, esta deducción podrá aplicarla cada uno de los propietarios individualmente en el porcentaje que le corresponda en la comunidad de propietarios.

Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán hacer constar el Código de Instalación facilitado por la Oficina Virtual de Industria en la casilla 1033 de la declaración.

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