Deducción por el cuidado de personas dependientes. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Aragón.

Por el cuidado de personas dependientes. Aragón 2022



El contribuyente que conviva, como mínimo, durante medio período impositivo con una persona dependiente, podrá aplicarse una deducción en la cuota autonómica de 150 euros.

Tendrá la consideración de persona dependiente a efectos de esta deducción, al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cualquiera que sea su edad.

REQUISITOS DE LA DEDUCCIÓN



  1. NO procederá la deducción si la persona dependiente tiene rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

  2. La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, NO podrá exceder de 35.000 Euros en declaración conjunta y 21.000 euros en declaración individual. Este requisito es controlado por el programa, salvo que, tratándose de unidades familiares, hayan optado por la captura individual de datos.

  3. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará por partes iguales. Cuando la deducción corresponda a contribuyentes con distinto grado de parentesco, su aplicación corresponderá a los de grado más cercano, salvo que éstos NO tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los del siguiente grado.

  4. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se prorrateará por partes iguales.

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