Por donación, cesión de uso y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo. Baleares 2024
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- En caso de que la cesión de uso o el contrato de comodato tengan una duración inferior a un año, esta deducción se debe prorratear en función del número de días del periodo anual.
- Se aplican los mismos criterios sobre el prorrateo comentados en la deducción Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural.
- La suma de las bases imponibles NO pueden superar, en tributación individual, la cuantía de 33.000 Euros, y de 52.800 Euros en caso de tributación conjunta.
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