Deducción por donaciones en I+D e innovación tecnológica. Deducciones Autonómicas del IRPF. Galicia.

Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica. Galicia 2023



Todos aquellos contribuyentes que realicen donaciones que tengan como finalidad la investigación, el desarrollo científico o la innovación tecnológica, podrán aplicarse una deducción en su cuota íntegra del 25 por 100, hasta el límite del 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica del IRPF, de los donativos monetarios realizados.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN



  1. El donativo debe realizarse a favor de centros de investigación adscritos a universidades gallegas y de los promovidos o participados por la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan por objeto el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos.

  2. Entidades sin ánimo de lucro acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, a condición de que estas últimas tengan la consideración de organismo de investigación y difusión de conocimientos con arreglo a lo previsto en el artículo 2.83 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión,

  3. La deducción queda condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente de los presupuestos de hecho y de los requisitos que determinan su aplicabilidad.

Siguiente: Deducción por inversión en instalaciones de climatización que utilice energia renovable. Deducciones Autonómicas del IRPF. Galicia.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos