Deducción por donaciones contra la pobreza y la ayuda de discapacitados. Deducciones Autonómicas del IRPF. Castilla la Mancha.

Donaciones a la lucha contra la pobreza, exclusión social y a la ayuda a discapacitados. Castilla la Mancha 2023



El contribuyente podrá deducirse el 15 por 100 de las donaciones dinerarias efectuadas durante el período impositivo destinadas a Organizaciones no gubernamentales, fundaciones, asociaciones de ayuda a personas con discapacidad y otras entidades, siempre que estas tengan la consideración de entidades sin fines lucrativos de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que dentro de sus fines principales estén la cooperación internacional, la lucha contra la pobreza y la ayuda a personas con discapacidad y la exclusión social. La base de la deducción NO podrá exceder del 10 por 100 de la base liquidable del contribuyente.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN



  1. Las organizaciones no gubernamentales, fundaciones, asociaciones de ayuda a personas con discapacidad y otras entidades que tengan la consideración de entidades sin fines lucrativos han de estar inscritas en los registros correspondientes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

  2. En el caso de las fundaciones, será preciso que, además de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha, rindan cuentas al órgano de Protectorado correspondiente y que éste haya ordenado su depósito en el Registro de Fundaciones.

  3. La efectividad de la aportación efectuada deberá acreditarse mediante certificación del órgano competente de la entidad donataria.

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