Deducción por donaciones a entidades que fomentan el I+D. Deducciones Autonómicas del IRPF. Cataluña.

Por donativos a entidades que fomentan la I + D y la innovación tecnológica. Cataluña 2023



Sobre la parte autonómica de la cuota íntegra de los contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Cataluña podrán practicar los contribuyentes una deducción del 30 por 100 de los donativos a favor de centros de investigación adscritos a universidades catalanas y los promovidos o participados por la Generalitat, que tengan por objeto el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos, con el límite máximo del 10% de la cuota íntegra autonómica.

REQUISITOS DE LA DEDUCCIÓN


    La deducción está condicionada a una justificación documental adecuada. A estos efectos, las entidades beneficiarias de dichos donativos deben enviar a la Agencia Tributaria de Cataluña, dentro de los primeros veinte días de cada año, una relación de las personas físicas que han efectuado donativos durante el año anterior, con indicación de las cantidades donadas por cada una de ellas.

    La suma de dicha deducción junto con la deducción por donativos a favor de entidades sin ánimo de lucro establecida por la normativa del Estado no puede superar en ningún caso el porcentaje de deducción del 100 por 100.

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