Deducción por cambio de residencia habitual a otro Archipiélago. Deducciones Autonómicas del IRPF. Canarias.
Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago por motivos de trabajo. Canarias 2024
Los contribuyentes que trasladen su residencia habitual desde la isla en la que ésta figurare a cualquiera de las demás islas del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica podrán deducir 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, teniendo como límite la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas en cada uno de los dos ejercicios en que resulte aplicable la deducción.
En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 300 euros se aplicará, en cada uno de los períodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia en los términos previstos en el apartado anterior, con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas que corresponda a los contribuyentes que generen derecho a la aplicación de la deducción.
REQUISITOS DE LA DEDUCCIÓN
Solo tendrán derecho a aplicar esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas en el ejercicio en que se origina el derecho a la deducción por importe superior a 45.500 euros en su base imponible general y del ahorro, y en el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar no haya obtenido rentas por importe superior a 60.500 euros en su base imponible general.
La deducción exige, entre otros requisitos, que en el año del traslado de isla (no en el siguiente al que se extiende su aplicación ni en los tres siguientes que condicionan su disfrute a la permanencia en dicha isla ), las rentas del contribuyente no superen los siguientes importes:- Año de traslado 2024: 45.500 euros en tributación individual y 60.500 euros en tributación conjunta. - Año de traslado 2023: 39.000 euros en tributación individual y 52.000 euros en tributación conjunta.
El contribuyente debe permanecer en la isla de destino durante el año en que se produzca el traslado y los tres siguientes.
El incumplimiento de las condiciones de la deducción dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota íntegra autonómica del ejercicio en que se produce el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.
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