Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Operaciones dación en pago. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Aragón.

Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago. Aragón 2023



Los contribuyentes podrán deducirse el 10 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio por el arrendamiento de la vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago con una base máxima de inversión de 4.800 euros anuales.


REQUISITOS DE LA DEDUCCIÓN



  1. Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro (casillas 0435 y 0460 de la declaración)NO sea superior a la cuantía de 15.000 euros en declaración individual o de 25.000 euros en el supuesto de declaración conjunta.

  2. Que se haya formalizado el depósito de la fianza correspondiente al arrendamiento ante el órgano competente en materia de arrendamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón, dentro del plazo establecido por la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianza de los arrendamientos urbanos y en determinados contratos de suministro, o norma vigente en cada momento.

  3. Solo se podrá aplicar esta deducción en los casos de adjudicación de vivienda habitual en pago de la totalidad de la deuda pendiente de un préstamo o crédito garantizados mediante hipoteca sobre dicha vivienda como consecuencia de lo cual se haya formalizado entre las partes un contrato de arrendamiento con opción de compra sobre la misma vivienda.

  4. El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa estatal vigente a 31 de diciembre de 2012 para la deducción para la adquisición de vivienda.


Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán cumplimentar el apartado "Información adicional a la deducción autonómica por el arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago de Aragón, Canarias y Castilla La Mancha" del Anexo B.9 del modelo de la declaración.

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