Deducción por alquiler de vivienda habitual a jovenes. Deducciones Autonómicas del IRPF. Castilla y León.

Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes menores de 36 años. Castilla y León 2023



El contribuyente podrá aplicarse una deducción del 20 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual en Castilla y León, con un límite máximo de 459 Euros. La deducción podrá incrementarse al 25 por 100, con un límite máximo de 612 Euros cuando la vivienda habitual se encuentre situada en una población que NO exceda de 10.000 habitantes con carácter general, o 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN


  1. Se establece un límite adicional: el importe deducible por el contribuyente por aplicación de los puntos anteriores no podrá superar la diferencia entre las cantidades efectivamente satisfechas por el mismo en concepto de renta de alquiler y el importe del total de las ayudas que perciba de cualquier administración o ente público por dicho concepto.

    Habiendo sido introducida la limitación anterior por el apartado 3 del artículo 1 de la Ley 1/2023, de 24 de febrero, de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas de Castilla y León (BOCyL 06-03-2023), con efectos desde el 7 de marzo de 2023, no resultará aplicable a contribuyentes fallecidos con anterioridad a dicha fecha.

  2. Que el contribuyente tenga menos de 36 años a la fecha de devengo del impuesto.

  3. La suma de la base imponible general, más la del ahorro, menos el mínimo personal y familiar (casillas 0435, 0460 y 0520 de la declaración, respectivamente) NO supere los 18.900 Euros para los casos de Tributación Individual, o los 31.500 Euros para los casos de Tributación Conjunta.

  4. La deducción se practicará por el titular o titulares del contrato de arrendamiento. Las cantidades que satisfaga el cónyuge que no figura en el contrato (incluso mediando sociedad de gananciales) no dan derecho a la aplicación de la deducción por no ser arrendatario.

Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán cumplimentar el apartado "Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento de Andalucía, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y Comunitat Valenciana" del Anexo B.8 de la declaración en el que, además de los datos necesarios para cuantificar la deducción, deberá hacerse constar el NIF/NIE del arrendador de la vivienda y, si existe, el del segundo arrendador o, en su caso, si ha consignado un NIF de otro país, se marcará una X, respectivamente, en las casillas correspondientes.

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