Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años. Asturias 2024
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- La suma de la base imponible general y del ahorro (casillas 0435 y 0460 de la declaración) NO podrá superar 26.000 euros en tributación individual y 37.000 euros en tributación conjunta.
- El acogido NO puede estar ligado al contribuyente por un vínculo de parentesco de consanguinidad o afinidad de grado igual o inferior al tercero.
- Cuando el acogido conviva con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales entre los contribuyentes que convivan con el acogido y se aplicará únicamente en la declaración de aquellos que cumplan las condiciones establecidas.
- El contribuyente debe estar en posesión del documento acreditativo del acogimiento NO remunerado, expedido por la Consejería competente en materia de asuntos sociales.
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