Deducción para el fomento del autoempleo menores de 35 años. Deducciones Autonómicas del IRPF. Madrid.

Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años. Comunidad de Madrid 2023



Los contribuyentes menores de 35 años que causen alta por primera vez, como persona física o como partícipe en una entidad en régimen de atribución de rentas, en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, podrán aplicarse una deducción en su cuota íntegra autonómica de 1.031 euros

REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN


    Para pode aplicar la deducción, el contribuyente deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. La deducción se practicará en el período impositivo en que se produzca el alta en el Censo.

  2. Que la actividad se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad de Madrid.

  3. Que el contribuyente se mantenga en el citado Censo durante al menos un año desde el alta.

    No se considerará incumplido este requisito en el caso de fallecimiento del contribuyente antes del transcurso de un año desde el alta en el censo, siempre que no se hubiere dado de baja en el mismo antes del fallecimiento.

  4. En la tributación conjunta no se multiplicará el importe de la deducción por el número de miembros de la unidad familiar que cumplan con los requisitos exigidos para su aplicación.

Siguiente: Deducción por inversiones en entidades cotizadas en bolsa. Deducciones Autonómicas del IRPF. Madrid.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos