DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA. CANTIDADES SATISFECHAS EN 2012 PENDIENTES DE DEDUCCIÓN
RECUERDE QUE: |
Esta deducción se aplica EXCLUSIVAMENTE en la cuota íntegra estatal. |
La regulación de esta deducción la encontramos en la Disposición Adicional 29ª de la Ley 35/2006. Esta deducción únicamente resulta aplicable para las cantidades satisfechas en 2012 por obras realizadas en cualquier propiedad del contribuyente, las cuales no pudieron ser deducidas en las declaraciones anteriores por un exceso en la base máxima anual de deducción. Se podrán aplicar esta deducción todos aquellos contribuyentes que tengan una Base Imponible Total (base imponible general + base imponible del ahorro) inferior a 71.007,20 euros anuales. Además, si el contribuyente, en el año 2012 que se realizaron y pagaron las obras, tuvo una base imponible superior a 71.007,20 euros anuales, NO podrá aplicarse la deducción en los periodos impositivos siguientes aunque en estos su base imponible se encuentre por debajo del límite legal. LÍMITE: la base que fue objeto de deducción como las que quedan por deducir NO podrán ser superiores a 20.000 euros por vivienda a repartir entre los copropietarios de la vivienda según su porcentaje de participación. El porcentaje de deducción que se podrán aplicar los contribuyentes será del 20% de la base de deducción.

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