Deducción en el IRPF por inversion en vivienda habitual. ¿Quien puede aplicarsela?

¿QUIEN PUEDE APLICARSE ESTE RÉGIMEN TRANSITORIO?



    La Ley 16/2012 suprimió la deducción por inversión en vivienda habitual, no obstante, los contribuyentes del IRPF que venían aplicándose esta deducción con anterioridad al 1 de enero de 2013 podrán seguir aplicándose de acuerdo a la Disposición Transitoria 18ª de la Ley 35/2006 del IRPF.

    Tendrán derecho a su aplicación los siguientes contribuyentes:

  1. Todos aquellos que hubieran adquirido o pagado para la construcción de una vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.

  2. Los que hubieran satisfecho cantidades para la rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual siempre que las obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017.

  3. Los que hayan satisfecho cantidades para la realización de obras de adecuación de una vivienda a personas con discapacidad en los mismos plazos que el punto anterior.

    Si se incumpliese el plazo de finalización de las obras, los contribuyentes tendrán la obligación de regularizarse las deducciones que se hubiesen practicado.

    Además, al igual que ocurre con la deducción por alquiler de vivienda habitual, el contribuyente se deberá haber aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.

Modalidades de deducción



  1. Deducción por adquisición de vivienda habitual.

  2. Deducción por construcción o ampliación de vivienda habitual.

  3. Deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual del contribuyente por razón de discapacidad.

    El plazo máximo de finalización para la aplicación de la deducción en el caso de construcción, obras o rehabilitación será de 4 años, por lo que todas las obras deberán estar terminadas antes del 1 de enero de 2017.

    Los porcentajes de deducción a aplicar serán los siguientes:

ConceptoTRAMO ESTATALTRAMO AUTONÓMICO
CataluñaResto de Comunidades Autónomas
GeneralEspecial
Adquisición o rehabilitación.

Inversión hasta 9.040 euros
7.5%7.5%9%7.5%
Construcción o ampliación.

Inversión hasta 9.040 euros
7.5%7.5%9%7.5%
Adecuación de vivienda por discapacidad.

Inversión hasta 12.080 euros
10%15%10%





Comentarios



Tratamiento en IRPF del extorno del seguro vinculado a un préstamo.

Legislación



D.T. 18ª Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por inversión en vivienda habitual.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V0030-23. Aplicación deducción por inversión en vivienda habitual cambiando de hipoteca.


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