Deducción autonómica por cuotas satisfechas a organizaciones profesionales agrarias. IRPF La Rioja.

Cuotas satisfechas a organizaciones profesionales agrarias. LA RIOJA 2025


Los contribuyentes residentes en la Rioja podrán deducirse el 100 por 100 de las cantidades abonadas a una organización profesional agraria en concepto de cuotas, ya sean de inscripción, periódicas o extraordinarias, estando estas organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.

Se establece un límite máximo de 100 euros anuales por cada contribuyente que cumpla los requisitos establecidos para su disfrute, estando condicionada a su justificación documental mediante certificación, emitida por la organización profesional agraria, de las cuotas satisfechas anualmente.

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