Deducción Cantabria. Por contratos de arrendamiento de viviendas situadas en zonas de Cantabria en riesgo de despoblamiento.

Por contratos de arrendamiento de viviendas situadas en zonas rurales con reto demográfico. Cantabria 2023



Se podrá deducir el contribuyente el 20 por 100 de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el arrendamiento de una vivienda que constituya o vaya a constituir su vivienda habitual, teniendo un importe máximo de 600 Euros en caso de tributación individual, o 1.200 Euros en caso de tributación conjunta.


    Para poder aplicar la deducción, el contribuyente deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. La vivienda deberá estar situada en zona rural con reto demográfico, entendiéndose como tal a poblaciones inferiores a 2.000 habitantes, cuya densidad de población sea inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado y presente una tasa de envejecimiento superior al 30%.

    Puede encontrar los municipios que cumplen estos requisitos de población.

  2. La vivienda arrendada debe constituir la residencia habitual del contribuyente.

  3. La suma de la base liquidable, tanto general y del ahorro, suma de las casillas 0500 y 0510 de la declaración, minorada en el importe del mínimo personal y familiar, casilla 520, no puede superar los 22.946 Euros, en caso de tributación individual, o los 31.485 Euros en caso de tributación conjunta.

Esta deducción será incompatible con la aplicación de la deducción "Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y personas con discapacidad", ya que se refiere a que por la misma vivienda no se pueden aplicar las dos deducciones.


Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán cumplimentar el apartado "Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento Andalucía, Aragón, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y Comunitat Valenciana" del Anexo B.8 de la declaración en el que, además de los datos necesarios para cuantificar la deducción, deberá hacerse constar el NIF/NIE del arrendador de la vivienda y, si existe, del segundo arrendador o, en su caso, si ha consignado un NIF de otro país, se marcará una X en la casilla correspondiente.


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