Declaración e ingreso del pago fraccionado en actividades económicas. IRPF.

DECLARACIÓN E INGRESO DEL PAGO FRACCIONADO EN ACTIVIDADES ECONÓMICAS. IRPF



    Los plazos que deberán respetar los contribuyentes a la hora de declarar e ingresar trimestralmente los pagos fraccionados son los siguientes:

    - Los tres primeros pagos se deberán ingresar entre el día 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre respectivamente.

    - El cuarto pago se ingresará entre el 1 y el 30 del mes de enero.

    Si resultase una cantidad a ingresar negativa, los contribuyentes deberán presentar una declaración negativa.

    Los plazos a los que hace referencia el artículo 111 del R.D. 439/2007, podrán ser prorrogados si así lo establece el Ministerio de Economía. Además, podrá establecer supuestos de ingreso semestral.

    El pago de estos pagos fraccionados se hará a través del modelo 130, para aquellas actividades que tributen en estimación directa, y a traves del modelo 131 las que tributen en estimación objetiva, en las fechas arriba indicadas.

Formularios



- MODELO 130 Pago fraccionado del IRPF en Estimación Directa.

- MODELO 131 Pago fraccionado del IRPF en Estimación Objetiva.

Comentarios



- Importe del fraccionamiento.

Legislación



Art. 111 R.D. 439/2007. Declaración e ingreso.


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