Refiere el consultante que "es un empresario corredor de seguros, que tributa por los rendimientos de su actividad económica en el IRPF en régimen de estimación directa y el 22 de octubre de 2024 ha firmado un contrato de venta de su negocio con fecha de efectos de 1 de enero de 2025, por el cual se obliga a entregar su correduría de seguros en dicha fecha por un precio que se pagará de la siguiente forma:- Un primer importe pagado a cuenta del precio se ha cobrado por adelantado el día de la firma del citado contrato el día 22 de octubre de 2024.- El importe restante se cobrará en tres pagos de igual importe cada uno de ellos, en 2025, 2026 y 2027".
CUESTIÓN-PLANTEADA
Imputación temporal de la ganancia patrimonial obtenida por la venta.
CONTESTACIÓN-COMPLETA
El artículo 28.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio establece que "para la determinación del rendimiento neto de las actividades económicas no se incluirán las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de los elementos patrimoniales afectos a las mismas, que se cuantificarán conforme a lo previsto en la sección 4ª del presente capítulo".Por tanto, la ganancia o pérdida patrimonial derivada de la venta del negocio de correduría de seguros se determinará según lo dispuesto en el artículo 34.1 de la Ley 35/2006, esto es: por diferencia entre los valores de adquisición.A la imputación temporal de las pérdidas y ganancias patrimoniales se refiere el artículo 14.1 c) de la Ley del Impuesto estableciendo que "se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial", alteración que en este supuesto se entenderá producida en el período impositivo en que se produce la transmisión del negocio, circunstancia que "conforme con lo indicado en el escrito de consulta" se considera producida en el presente caso en 2025. Dicho lo anterior, en cuanto el importe percibido en 2024 en concepto de adelanto se constituye en parte del precio de la compraventa del negocio, su incidencia en la liquidación del impuesto se producirá en el período impositivo 2025, período en el que se entiende producida la alteración patrimonial realizada la venta del negocio, ya que no es hasta el 1 de enero de este último año cuando el contrato produce sus efectos, pues hasta esa fecha el consultante mantiene la titularidad del negocio.Ahora bien, dicho lo anterior, y al establecerse el cobro en varios años (anticipo y tres pagos iguales en 2025, 2026 y 2027), no puede dejar de mencionarse la regla especial de imputación que se recoge en la letra d) del apartado 2 del mismo artículo 14, donde se dispone lo siguiente:
"En el caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, el contribuyente podrá optar por imputar proporcionalmente las rentas obtenidas en tales operaciones, a medida que se hagan exigibles los cobros correspondientes. Se considerarán operaciones a plazos o con precio aplazado aquéllas cuyo precio se perciba, total o parcialmente, mediante pagos sucesivos, siempre que el período transcurrido entre la entrega o la puesta a disposición y el vencimiento del último plazo sea superior al año.(_)".
Conforme con esta regulación legal, el consultante podrá optar por la aplicación de esta regla especial de imputación temporal al ser superior al año el plazo comprendido entre la operación de venta de la cartera de clientes y el vencimiento del último plazo.
Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.
Comparte sólo esta página:
Síguenos
Las cookies permiten analizar su navegación en nuestro sitio para elaborar y mostrarte los contenidos más adecuados en cada momento.
Haz clic en "Aceptar todas las cookies" para seguir disfrutando de nuestro sitio web con todas las cookies, o haz clic en "Configuración de cookies" para gestionar tus preferencias.
Puede ampliar información y modificar sus preferencias acerca de esta privacidad aquí.
Usamos el menor número posible de cookies para que el sitio web funcione, pero estimamos conveniente utilizar otras. Haciendo click en "Aceptar todas las cookies" aceptas que guardemos otras cookies no estrictamente necesarias con el objetivo de mejorar tu navegación en el sitio. Así podríamos analizar el uso del sitio, de manera colectiva, para mostrarte los contenidos más actuales y relevantes. También es posible, que la publicidad que visualices sea lo más personalizada posible. Puedes hacer click en "Configuración de cookies" para obtener más información y elegir qué cookies quieres que guardemos. Para más información puedes ver nuestra política de privacidad.
Son cookies necesarias para el correcto funcionamiento de nuestro sitio web. Se usan para que tengas una mejor experiencia usando nuestros servicios. Puedes desactivar estas cookies cambiando la configuración de tu navegador. Información de las cookies
NombreCONS
Huéspedsupercontable.com
TipoPropia
Duración3 meses
InformaciónAcerca del consentimiento de las cookies.
Estas cookies nos permiten contar las visitas a los contenidos de nuestro sitio y cuando se realizaron. Esta información se trata en conjunto para toda la página, nunca a nivel individual. Nos permite saber qué contenidos son más atractivos para el público y elaborar contenidos nuevos lo más interesantes posible. Información de las cookies
Son cookies colocadas por nuestros socios publicitarios. Intentan mostrarte publicidad acorde a tus intereses. Si desactiva estas cookies no tendrá menos publicidad, sino que será menos personalizada. Información de las cookies