Caso práctico de deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. IRPF
Caso práctico de deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable.
Ejemplo
Obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. El matrimonio formado por don Juan Parra y doña María Sánchez, casados en gananciales, realizaron en 2024 obras en su vivienda habitual la instalación de paneles aislantes en las paredes y de aislamiento térmico en los falsos techos. Asimismo, se instaló un nuevo sistema de calefacción y de aire acondicionado por aerotermia en la vivienda. El importe total (incluida la expedición y registro de los certificados de eficiencia energética) ascendió a 32.100 euros, haciéndose efectivo en dos pagos, uno al inicio de la obra por una cuantía de 25.000 euros y otro al final por el resto (7.100 euros). Los pagos se llevaron a cabo mediante transferencia bancaria.Asimismo, se obtuvo una subvención por una cuantía de 9.450 euros. Por otra parte, se solicitó la expedición de un certificado de eficiencia energética antes y después de las obras, recibiendo éste último a finales de 2024 y que supuso la calificación de la vivienda como clase energética "B", que anteriormente no tenía.Determinar el importe de la deducción para 2024, tanto en tributación individual como en conjunta.
Solución
Declaración individual de don Juan, igual que la de Dª. María:
Base de deducción: (32.100 euros- 9.450 euros) ÷ 2 = 11.325 €.
Base máxima de la deducción: 7.500 euros.
Importe de la deducción: (7.500 x 40%) = 3.000 € cada uno.
Declaración conjunta:
Base de deducción: 32.100 euros- 9.450 euros = 22.650 €.
Base máxima de la deducción: 7.500 euros.
Importe de la deducción: (7.500 x 40%) = 3.000 €.
En el supuesto caso que las facturas de las obras realizadas se hayan realizado a nombre de un único cotitular de la vivienda, la deducción se realizará en proporción a los porcentajes de titularidad de la misma que posean cada uno de ellos, como así determina la consulta vinculante de la DGT V2793-23.
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