Artículo 9 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 9. Contribuyentes que tienen su residencia habitual en territorio español.



    1.- Se entenderá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:

     a) Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados reglamentariamente como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural.

    Para determinar el período de permanencia al que se refiere el párrafo anterior, no se computarán las estancias temporales en España que sean consecuencia de las obligaciones contraídas en acuerdos de colaboración cultural o humanitaria, a título gratuito, con las Administraciones públicas españolas.

     b) Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

    Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél.

    2.- No se considerarán contribuyentes, a título de reciprocidad, los nacionales extranjeros que tengan su residencia habitual en spaña, cuando esta circunstancia fuera consecuencia de alguno de los supuestos establecidos en el apartado 1 del artículo 10 de esta Ley y no proceda la aplicación de normas específicas derivadas de los tratados internacionales en los que España sea parte.

Comentarios



Concepto de contribuyente.
Residencia habitual del contribuyente.

Jurisprudencia



Consulta Vinculante V2929-20. Rendimientos trabajo obtenidos por contribuyente residente en Francia.
Consulta Vinculante V2901-20. Declaración beca formación Banco Central Europeo, viviendo en Frankfurt.
Consulta Vinculante V1983-20. Contabilización días estado alarma para determinar residencia fiscal.
Consulta Vinculante V1162-10. Alquiler de vivienda en New York.Deducción.
Consulta vinculante V0496-10. Empresa española con trabajadores portugueses.Tributación.

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