Artículo 55 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 55. Reducciones por pensiones compensatorias.



    Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible.

Comentarios



- Base Liquidable General.
- Deducción inversión en vivienda habitual.
- Reducciones por discapacidad.

Jurisprudencia



-Consulta vinculante V2326-10 Tratamiento por planes de pensiones.

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